La nueva norma del BCRA sobre Mercado Pago, Ualá y demás billeteras digitales

El Banco Central dispuso un plazo de 180 días para implementar los cambios. Se trata de un nuevo paso en la equiparación entre las billeteras digitales y los bancos tradicionales

El Banco Central publicó una nueva normativa en el marco de la regulación de los proveedores de servicios de pago (PSP) y billeteras digitales, como Mercado Pago o Ualá. En esta ocasión, les impuso a través de la Comunicación A 7593 las mismas normas de protección de los usuarios que deben cumplir los bancos tradicionales

De acuerdo a lo establecido por el texto oficial, dentro de las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros” se incluyeron las siguientes entidades: “Proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago” y de “servicios de pago que cumplen la función de iniciación (PSI) y prestan el servicio de billetera digital”.

Por lo tanto, billeteras digitales como Mercado PagoUalá o Tarjeta Naranja deberán ajustar sus términos y condiciones para cumplir con todas las exigencias que fija la autoridad monetaria para los contratos financieros.

En este sentido, el comunicado estableció que los PSP y billeteras alcanzadas “deberán presentar un informe de cumplimiento efectuado por profesionales o asociaciones de profesionales matriculados, con la pertinente certificación por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas en el que se encuentren matriculados”.

Las nuevas exigencias 

Dentro de las pautas a cumplir para adecuarse a estas exigencias se encuentran la identificación del usuario de servicios financieros, detalle de comisiones y cargos, e información sobre el derecho de revocación. También brindar un resumen informativo de los términos y condiciones.

A su vez, se deberá asegurar que los términos de la contratación puedan ser leídos, descargados y guardados de manera inalterable, contar con hipervínculos para que el usuario pueda revocar la aceptación del producto o servicio contratado (botón de arrepentimiento) y rescindir relaciones contractuales (botón de baja).

Asimismo, se incluye una interfaz adecuada para personas con discapacidades visuales o auditivas, libertad de elección en el caso de multiproductos, límites a cargos y comisiones; reintegros de reclamos, débitos no consentidos o bonificaciones, en plazo con más intereses, además de protección ante cláusulas abusivas, como seguros de vida obligatorios.